Abogado de negligencia médica

Abogados de Negligencias Médicas en Barcelona

 

El Abogado de Negligencia Médica y los Peritos Médicos

¿Qué hace un abogado de negligencia médica?

El abogado de negligencia médica se encarga de proporcionar los medios necesarios para que las víctimas de negligencias médicas o sus familiares puedan reclamar los daños y perjuicios derivados de una mala praxis médica.

Realizamos el asesoramiento a la victima y/o a sus familiares en la defensa de sus intereses.

Supervisamos toda las actuaciones del paciente, cooperamos y trabajamos en equipo con el perito médico antes de interponer la demanda.

Reclamamos la indemnización económica que corresponda y mejor defienda los intereses del afectado/a. La indemnización tanto puede ser por valoración de daños corporales, como adicionalmente por daños económicos futuros que dejará de percibir o necesitará satisfacer la victima a consecuencia de la negligencia médica.

¿Qué es una negligencia médica?

La negligencia médica es la actuación profesional realizada de forma deficiente por un médico o centro hospitalario.

Se produce la negligencia médica cuando el médico o centro hospitalario no sigue los protocolos establecidos para tratar al paciente (Lex Artis), desviándose de los estándares de actuación aceptados por la comunidad médica, dando lugar a la lesión al paciente. En esta situación diremos que el paciente no ha sido tratado con diligencia o competencia.

Los 15 tipos de negligencias médicas más habituales

Como abogados de negligencias médicas desde el año 2006, las que consideramos habituales son:

  1. Incumplimiento de los protocolos de actuación médica.
  2. Confundir a un paciente con otro paciente, en su ficha o historial clínico.
  3. Errores en la interpretación de los diagnósticos, intervenciones y tratamientos aplicados al paciente.
  4. Retrasos en diagnosticar y atender al paciente.
  5. Suministrar medicamentos de forma no adecuada.
  6. No realizar correctamente los seguimientos adecuados para la recuperación y/o rehabilitación del paciente tras una operación o tratamiento, y evitar posibles reacciones adversas.
  7. Daños por haber usado herramientas quirúrgicas inadecuadas en las operaciones, e incluso por dejarlas olvidadas  dentro del cuerpo del paciente.
  8. Omisión de realización de todos los diagnósticos necesarios, para detectar la enfermedad o patología del paciente.
  9. Producción de infecciones intrahospitalarias, a consecuencia de no administrar los antibióticos de forma previa a la operación o a su debido tiempo.
  10. Omisión de realizar todas las investigaciones del expediente del paciente, y pruebas necesarias antes de realizar una intervención o tratamiento al paciente, tales como pruebas de alergia y análisis de antecedentes del paciente en su expediente.
  11. Intervenciones quirúrgicas realizadas con carencia de diligencia y que generan daños colaterales.
  12. Transmisión de enfermedades como COVID, Hepatitis, SIDA u otras por transfusión de sangre.
  13. Resultados mediocres en operaciones de cirugía estética, tales como liposucciones, correcciones defectuosas en la finalidad de mejorar estética facial o corporal, operaciones de senos, técnicas de adelgazamiento como reducción de estomago, colocación de prótesis, y elementos de titanio, etc.
  14. Daños graves, e incluso fallecimiento del paciente por no prestar inmediatamente una asistencia de urgencia.
  15. No informar correctamente al paciente mediante el «consentimiento informado» de las consecuencias que puede sufrir tras un tratamiento o intervención, y de las probabilidades de éxito o fracaso del mismo así como los riesgo que conlleva aplicar el mismo.

¿Se puede exonerar al médico de su mala praxis?

No siempre los médicos son responsables de las lesiones que sufre un paciente.

Los médicos se hacen valer de los recursos que disponen a su alrededor, siendo dichos recursos en algunas ocasiones «insuficientes».

Los hospitales a veces, carecen de maquinarias, herramientas y suficiente personal especializado para tratar determinadas situaciones acordes a las necesidades de todos los pacientes.

La jurisprudencia española ha eximido al médico de su responsabilidad, cuando el centro hospitalario no pone los recursos necesarios al alcance del facultativo. Esta exención jurídica en responsabilidad, no es de aplicación al centro hospitalario y/o los responsables que han de disponer dichos medios al alcance de los facultativos médicos, que atienden a los pacientes.

¿Es posible imputar la responsabilidad al Hospital?

Si, dado que los centros hospitalarios han de proveer todos los recursos necesarios para dar una correcta atención.

En la mayoría de los casos se tratan de responsabilidades administrativas, dado que en España el sector sanitario está regulado por los poderes públicos.

¿Cómo actuar en caso de sufrir una negligencia médica?

A continuación, explicamos lo que una persona que cree que ha sufrido una negligencia médica debería hacer:

Paso 1. Acudir a un despacho de abogados especialistas en negligencias médicas

Para llevar una correcta actuación lo ideal es estar respaldado por un abogado de negligencia médica, que nos indique que pasos ir siguiendo en todo momento.

Paso 2. Empezar por el peritaje médico

Lo primero que nos explicará un buen abogado de negligencia médica, es que, en España si ponemos una demanda y no ganamos el juicio, existen una posibilidad muy alta de que el juez nos condene a pagar los gastos del juicio a la otra parte, además de nuestros propios gastos.

Por eso, antes de poner una reclamación de indemnización por negligencia médica, te recomendamos que tengas la seguridad de que existe, para ello tendrás que proceder a realizar la contratación de uno varios peritos médicos.

Paso 3. Pedir la opinión de varios peritos médicos

Como peritos y abogados especialistas en negligencias médicas, desde el año 2006 hemos tenido experiencias de algunos casos en los que algunos médicos opinan que si hay negligencia y otros que no, razón que dará lugar a que el hospital demandado se proteja con la opinión de uno o varios peritos médicos.

Por este motivo, nuestra recomendación es nutrirse de no un único informe pericial si no de varios informes periciales médicos que demuestren y corroboren la existencia de la mala praxis médica.

Contrastar la opiniones de varios especialistas y seleccionar a uno o varios de ellos para que actúen como representantes nuestros y en calidad peritos médicos o peritos forenses ante el juzgado y junto al abogado, será una garantía de éxito de nuestra demanda.

De esta forma tendremos la seguridad de que realmente ha existido una negligencia médica, antes de interponer la demanda, así como una probabilidad muy alta de avanzar con éxito en el procedimiento.

¿Qué plazo hay para reclamar?

Generalmente el plazo es de 1 año desde el fallecimiento de la víctima o desde que se estabilizan los daños y secuelas a consecuencia de la negligencia médica, que en algunos casos se podría entender como la fecha del alta médica.

En hospitales privados el plazo puede ir de 1 a 5 años desde el fallecimiento o estabilización del daño, y conforme a si la responsabilidad del caso se considera contractual (5 años) o extracontractual (1 año).