AYUDA EXTRAORDINARIA EN CATALUNYA

Ana María Peláez Carrillo

Licenciada en derecho
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29/04/2020

A partir de hoy, 30 de abril, se podrá solicitar la ayuda extraordinaria de 200 euros. Es una ayuda extraordinaria aprobada por la Generalitat de Cataluña. Ha sido creada para ayudar a las familias que se encuentran afectadas económicamente como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID 19. La ayuda extraordinaria es una prestación económica, urgente y de pago único. Una prestación creada con el objetivo de facilitar a las familias vulnerables la adquisición de productos de primera necesidad: alimentos, farmacia u otros productos básicos.

¿Quién puede solicitar la ayuda extraordinaria?
  1. PERSONAS TRABAJADORAS (personas físicas).
  2. CON CARGAS FAMILIARES
  3. Y QUE SE ENCUENTREN EN ALGUNOS DE LOS SIGUIENTES  ESTOS SUPUESTOS:
      • Trabajadores por cuenta ajena afectadas por un expediente de regulación temporal de ocupación:
        • ya sea por fuerza mayor.
        • o por causas económicas, técnicas y de producción.
        • los fijos discontinuos.
        • También los trabajadores afectados por extinción del contrato trabajo.
      • Trabajadores por cuenta pròpia ( autónomos) con suspensión o reducción de la actividad econòmica.
  4. Mayores de 18 años
  5. Empadronados y residentes legales en Cataluña
  6.  Y que la media de los ingresos de la unidad familiar del mes de marzo y abril no superen 2.098,37 euros brutos mensuales.
  7. Que los ingresos de la unidad familiar durante el estado de alarma han experimentado la reducción superior al 30% respecto a los ingresos mensuales acreditados del mes de febrero.

La solicitud se realitzará por internet y se resolverá en 7 días hábiles. El pago se realitzará mediante transferència en un máximo de 7 días hábiles despúes de ser aprobada. El plazo termina una vez agotado el presupuesto.

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