INGRESO MÍNIMO VITAL

Ana María Peláez Carrillo

Licenciada en derecho

31/05/2020

Nueva Ayuda: Ingreso Mínimo Vital ( IMV)

El Viernes 29 de mayo el Consejo de Ministros aprobó finalmente el Ingreso Mínimo Vital. Aprobado a través de un real decreto aún no publicado en el BOE. Pero que se espera que este Lunes salga publicado. Es una de las ayudas más esperadas por las familias en situación de pobreza severa ya que estas serán las destinatarias. El ingreso mínimo vital es una ayuda económica mensual a cargo de la Seguridad social. La cantidad que se cobrará dependerá del número de mienbros familiar y número de hijos a cargo entre otras cuestiones que se tendrán en cuenta como el tipo de família ( si es monoparental). Pero la cantidad oscilará entre 461,5 euros y 1.015 euros.

El Ingreso Mínimo Vital podrá ser solicitado a partir del 15 de junio hasta el 30 de setiembre a través de la sede electrónica de la Seguridad social y el sepe u otras administracions que se habiliten. 

La ayuda se cobrarà con efectos retroactivos a partir del 1 de junio a través de doce pagas por transferencia bancaria. Para las familias con hijos a cargo se cobrarà de forma automática sin necesidad de solicitarla. Y será compatible con otras ayudas autonómicas.

Requisitos:

  • Residir en España durante  al menos un año interrumpido, excepto en situacions de víctimas de género, explotación sexual etc…
  • Edad mayor de 23 y menor de 65 años  (menor de 23  años pero mayor de edad si tiene hijos a cargo).
  • Acreditar búsqueda activa de trabajo (el certificado lo expide a través del sepe).
  •  Que los ingresos obtenidos oscilen entre los 5.538 euros ( para un adulto) a 12.184 euros anuales ( si hay más de tres hijos o son varios adultos a cargo)
  •  Patrimonio excluyendo la vivienda de tres veces inferior a la renta garantizada anual.

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