Perito – Redacción del informe/dictamen/peritaje

Ester Pallisa Gabriel

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30/04/2015

Perito – Redacción del informe/dictamen/peritaje

Hay que diferenciar los términos informe, dictamen y peritaje. Un informe es un documento en el que únicamente se describe lo que se observa, un dictamen es un informe en el que el Perito emite su opinión sobre lo que se trata, y un peritaje es un informe o un dictamen que se hace servir como prueba pericial ante un juez.

Un peritaje pues, sería el más extenso de los tres, el cual debe estar bien estructurado para facilitar la comprensión de cualquier persona ajena a la materia.

Para ello debe estar formado, en general, por los siguientes apartados:

Índice

Introducción: donde se expone el motivo del peritaje, así como los agentes implicados

Antecedentes: apartado en que se desarrolla los sucesos previos a la solicitud del peritaje. Por ejemplo, si se trata de un peritaje médico, podría ser el historial clínico de la persona, así como gestiones oportunas, si se trata de un edificio, se indicarían intervenciones de técnicos anteriores, mantenimiento, antigüedad, etc.

Visita: en prácticamente todo peritaje, se requiere la visita al lugar de los hechos, la exploración de la persona… en función de la materia del dictamen. Así pues debe haber un apartado en el que se indique las observaciones como Técnico, Doctor o entendido en la materia que considere necesarias para el caso en concreto.

Análisis: Según el caso, será necesario consultar normativas que justifiquen la opinión del Perito, cálculos, u otros, que deben ser incluidos para que toda afirmación resulte debidamente justificada.

Consideraciones: lugar donde se exponen todos aquellos condicionantes, o premisas previas, a partir de las que se emite la opinión del Perito, y que en caso de alguna de ellas se demostrase incierta, podría modificar la conclusión final.

Conclusión: A partir de los antecedentes conocidos, del examen realizado por el Perito experto en la materia, y toda la documentación analizada por el mismo, se emite la opinión de las causas o el origen de los daños reclamados.

Valoración: A menudo, se solicita  al Perito que de un valor a los daños ocasionados, bien sean de reparación de patologías constructivas, de accidentes, de daños corporales, por lo que en base a cada materia se realizará los cálculos oportunos.

Todo ello, debe ser redactado con criterios objetivos (respaldados con normativa) , imparciales (sin procurar beneficiar a ninguna parte interviniente), y racionales (aportando propuestas de reparación económicamente y técnicamente más viables, la forma más rápida y eficaz…)

Un buen Perito, es aquel que con toda la formación profesional, es capaz de explicar en un informe/dictamen/peritaje la situación, causa y daños, de forma que sea totalmente comprensible por una persona no entendida en la materia, abalando su opinión con justificaciones normativas.

 

 

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