Propiedad – Intelectual e industrial

Ester Pallisa Gabriel

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27/05/2015

PROPIEDAD – Intelectual e industrial

La propiedad intelectual, según la definición de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, es toda creación del intelecto humano. Tiene que ver con las creaciones de la mente, invenciones, obras literarias y artísticas, los símbolos, nombres, imágenes, etc. Los derechos de propiedad intelectual protegen los intereses de los creadores al ofrecerles prerrogativas en relación con sus creaciones.

La propiedad industrial en cambio, es un conjunto de derechos que puede poseer una persona física o jurídica sobre una invención (patente, modelo de utilidad, …) un diseño industrial, un signo distintivo, etc. Otorga  dos tipos de derechos: en primer lugar el derecho a utilizar la invención, diseño o signo distintivo, y en segundo lugar el derecho a prohibir que un tercero lo haga.

El derecho de prohibir es la parte más destacada de la propiedad industrial y permite al titular del derecho el solicitar el pago de una licencia, también llamada regalía o royalty. Posee límites temporales, pues casi todos los derechos de propiedad industrial tienen una duración máxima, y territoriales ya que sólo tienen validez en el territorio donde se han concedido (normalmente, pero no exclusivamente, un país).

En España hay varios tipos de derechos de Propiedad Industrial:

– Diseños industriales: protegen la apariencia externa de los productos.

– Marcas y Nombres Comerciales (Signos Distintivos): protegen combinaciones gráficas y/o denominativas que ayudan a distinguir en el mercado unos productos o servicios de otros similares ofertados por otros agentes económicos.

– Patentes y modelos de utilidad: protegen invenciones consistentes en productos y procedimientos susceptibles de reproducción y reiteración con fines industriales.

Para cada uno de estos derechos hay una legislación aplicable, siendo los textos básicos los siguientes:

– Patentes y Modelos. Ley 11/86 de 20 de marzo, de patentes de invención y modelos de utilidad.

– Signos Distintivos Ley 17/2001 de 7 de diciembre de marcas.

– Diseños Industriales Ley 20/2003, de 7 de julio, de protección jurídica del diseño industrial.

Dichos derechos se otorgan mediante un procedimiento por el organismo competente (en España la Oficina Española de Patentes y Marcas) y la protección que dispensan se extiende a todo el territorio nacional.

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