RETROACTIVIDAD DE LAS CLAUSULAS SUELO

Ana María Peláez Carrillo

Licenciada en derecho
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21/07/2016

RETROACTIVIDAD DE LAS CLAUSULAS SUELO

Los afectado de las clausulas suelos están centrados en la polémica que se esta debatiendo acerca de la retroactividad.

Las controversias surgidas por las clausulas suelos han sido varias. Desde que los afectados no podían beneficiarse de las rebajas de la cuota  con la bajada del Euríbor. La controversia que se está debatiendo y es sobre los efectos de la nulidad de la cláusula suelo y específicamente sobre: la Retroactividad de los importes a devolver.

Es decir, si el banco debe devolver los importes indebidamente cobrados anteriormente a la fecha 9 de mayo del 2013.

En fecha 9 de mayo del 2013 existe la primera sentencia de nulidad de las clausulas suelos. Dicha sentencia introdujo una limitación ya que obliga a los bancos a devolver las cantidades indebidamente cobradas a los clientes  sólo a partir del 9 de mayo del 2013.

Así pues las cantidades anteriormente cobrados indebidamente por el banco no se devolverían. Toda una injusticia para los afectados.

El Abogado General ya ha presentado sus conclusiones: dictaminando que los bancos no están obligados a devolver lo cobrado de más desde la firma del contrato hipotecario. Comparte la tesis del tribunal Supremo: ya que podría suponer un trastorno económico para las entidades financieras y tendría un impacto negativo.

¿La devolución de todas las cantidades indebidas supondría una crisis en el sistema bancario español? ¿Qué alcance supondría? ¿Realmente generaría graves trastornos con transcendencia público económico?

Aunque las conclusiones del abogado general no es una decisión vinculante. El Tribunal superior suele tenerlo en cuenta a la hora de dictaminar. Ahora sólo queda esperar a la sentencia del Tribunal Justicia de la Unión Europea que será en los próximos meses. ¿Quedamos a la espera de saber si prevalecerán los intereses económicos o el derecho de los afectados?

 

 

 

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